Le corresponde
a las partes pedir al juez que decrete las pruebas que apoyen sus alegaciones.
Tal petición debe respetar momentos procesales en los cuales se permita la
“socialización” del medio probatorio, en cumplimiento del deber de lealtad que
rige el sistema procesal vigente. Se aporta lo que se tiene, se pide lo que
debe producirse. Son ejemplos de pruebas que se aportan los documentos y las
cosas que están en poder del demandante o del demandado. Son ejemplos de lo que
se pide, aquello que debe ser producido por el juez o con su permiso, como son los
testimonios, los interrogatorios, la interceptación de comunicaciones, los
registros o los peritajes. Por regla general, la petición o el aporte de
pruebas se realiza en la demanda y su contestación, a menos que la ley procesal
disponga de otras oportunidades.
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