domingo, 24 de enero de 2016

OBJETO DEL PERITAJE

Es objeto de la prueba pericial establecer la causa de los hechos y los efectos del mismo, la forma y circunstancia como se cometió el hecho delictuoso.
La peritación tiene por objeto, exclusivamente, cuestiones concretas de hecho, la investigación, verificación y calificación técnica o científica de hechos que por sus características técnicas o científicas, exijan, para su adecuada percepción y valoración, especiales conocimientos de la misma naturaleza.
El objetivo del peritaje se determina por el instructor y el Tribunal, por la vía de la formulación de preguntas ante el perito, los cuales serán resueltos sobre la base de conocimientos especiales en la ciencia, la técnica, el arte o la práctica.
El Tribunal, el instructor o el fiscal, señalan los objetos cuya investigación deben constituir un medio para resolver estas preguntas.
Como resultado de la investigación pericial realizada, el objetivo del peritaje de un conjunto de preguntas se transforma en un conjunto de hechos interrelacionados, establecidos por el peritaje.

Los límites de la competencia del perito, el cual es necesario establecer para efectuar el peritaje en cada situación concreta, estarán determinados por el objeto del peritaje, es decir, del carácter de las situaciones concretas que requieran de su aclaración, fundamentada en sus conocimientos especiales.

1 comentario:

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